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Clausura Profepa madera clandestina en Guadalajara

Guadalajara, Jal.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal un Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales (CAT), en la Colonia Lomas Independencia en Guadalajara, Jalisco, por no presentar la autorización de funcionamiento que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Lo anterior como parte de las acciones establecidas en el Programa Operativo Anual de la PROFEPA, enfocado a la inspección  permanente de los CAT en el estado de Jalisco.

Al arribar al establecimiento, personal adscrito a la PROFEPA en la entidad solicitó al visitado la documentación oficial que acreditara el legal funcionamiento del CAT, así como la documentación que acreditara la  legal procedencia de los 124.9 m3 de madera encontrada en el sitio, quien manifestó no contar con dichos documentos.

Por lo anterior y con base a lo señalado en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en su Artículo 161, Fracciones l y ll, los inspectores procedieron a imponer como medidas de seguridad la clausura total temporal del sitio inspeccionado y el aseguramiento precautorio de las materias primas forestales, así como de la maquinaria utilizada en la transformación ilegal de las materias primas forestales.

Entre las especies aseguradas se encontraron 0.9 m3 de madera aserrada de pino (Pinus spp.), 109.8 m3 de madera en gualdra de Parota (Enterolobium cyclocarpum), 11.8 m3 de madera aserrada de Teca (Tectona grandis) y 2.3 m3 de madera aserrada de Rosa Morada (Tabebuia rosea).

La maquinaria asegurada fue: un carro escuadra con dimensión de 1.20 metros, un péndulo con motor de 2.5 caballos de fuerza, un montacargas frontal con capacidad de 1.5 toneladas y dos sierras cinta con motores de 20 y 05 caballos de fuerza, respectivamente.

El Artículo 117 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) establece que para el funcionamiento de carpinterías y madererías se deberá presentar aviso que contenga nombre, denominación o razón social del solicitante, así como el giro mercantil de las actividades a realizar.

De igual manera, dicha ley menciona en el Artículo 165, Fracción I, que el infractor puede hacerse acreedor a multa por el equivalente de 40 a 1,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Con estas acciones, la PROFEPA reitera su compromiso de combatir e inhibir los delitos forestales, disminuyendo la operación ilegal de Centros de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales.

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