-El organismo electoral contempla más de mil 664 millones de pesos entre operación, elecciones locales, financiamiento a partidos y otros ejercicios previstos para 2027
Durante su décima tercera sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC Jalisco) aprobó hoy los anteproyectos de Presupuestos de Egresos para el ejercicio fiscal 2027: el presupuesto ordinario del Instituto y el específico para el Proceso Electoral Local 2026-2027, el financiamiento público estatal para los partidos políticos nacionales, partidos locales y candidaturas independientes; así como los gastos preparatorios para el Proceso Electoral del Poder Judicial Local 2027-2028 y el presupuesto para la realización de una nueva Consulta Indígena en Bolaños, Jalisco.
El anteproyecto de presupuesto de egresos para la operación y funciones ordinarias del IEPC Jalisco en 2027 asciende a 140 millones 729 mil 442 pesos, mismo que se destinará para cubrir servicios básicos (luz, agua, arrendamiento de inmuebles, papelería, etc.) así como implementación y/o la continuación de proyectos estratégicos del Instituto, entre ellos, programas de educación cívica, campañas de promoción de participación ciudadana, atención a las quejas y a las solicitudes de mecanismos de participación ciudadana, la operación del Centro de Estudios Irene Robledo, por mencionar algunos. El acuerdo incluye además las Matrices de Indicadores para Resultados, que establecen los programas y actividades institucionales a desarrollar durante el año, así como la plantilla de personal.
Para la preparación, organización y desarrollo del Proceso Electoral Local Concurrente 2026-2027, en el que se renovarán las diputaciones locales y los 125 ayuntamientos de Jalisco, el anteproyecto contempla 766 millones 203 mil 091 pesos. Estos recursos permitirán atender las distintas etapas y actividades de la elección, desde su preparación hasta los cómputos y la calificación de los resultados.
La organización del proceso implica, entre otras tareas, la integración e instalación de 20 consejos distritales y 125 consejos municipales, así como la habilitación de inmuebles y espacios para su funcionamiento y para el resguardo de la documentación electoral. El presupuesto considera además la selección y contratación del personal necesario, la producción de documentación y materiales electorales, el registro de candidaturas, la capacitación y asistencia electoral, los debates, el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), los cómputos distritales y municipales, el voto de las y los jaliscienses en el extranjero, así como las acciones de información y promoción de la participación ciudadana, entre otras actividades indispensables para el desarrollo de las elecciones.
En tanto, para Proceso Electoral del Poder Judicial Local 2027-2028 para la elección de magistraturas, jueces y juezas en el estado, se prevén 21 millones 785 mil 651 pesos para los trabajos preparatorios de estos comicios a celebrarse en el año 2028.
En torno a este último presupuesto, al no haber reforma judicial local y por lo tanto no conocer el alcance de las funciones que esta autoridad deberá desplegar en ese proceso electoral judicial local, este presupuesto únicamente puede considerar mínimos indispensables, asumiendo, desde luego, que sí habrá elecciones
En caso de que la reforma judicial a la constitución local y su armonización con las leyes secundarias del estado supongan funciones y responsabilidades no previstas en este momento, será necesario realizar el seguimiento y análisis pertinente para, en su caso, solicitar una ampliación presupuestal.
Para el financiamiento público de partidos políticos y candidaturas independientes para el ejercicio 2027, se aprobó un anteproyecto por un monto total de $732 millones 707 mil 821.23 pesos.
Este monto total se desglosa de la siguiente manera:
| Total de Financiamiento Público a Partidos Políticos y Candidaturas Independientes ejercicio 2027 Art. 13, base IV de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 89, párrafo 2 del Código Electoral del Estado de Jalisco (CEEJ); 50 y 51 de la Ley General de Partidos Sumatoria del financiamiento público: actividades ordinarias permanentes, actividades para la obtención del voto y actividades específicas. | |
| Financiamiento público para actividades ordinarias permanentes | $537,964,626.45 |
| Financiamiento público para actividades específicas | $16,138,938.79 |
| Financiamiento público para actividades tendientes a la obtención del voto en 2027 para partidos políticos | $173,224,609.72 |
| Financiamiento público para actividades tendientes a la obtención del voto en 2027 para el conjunto de candidaturas independientes | $5,379,646.26 |
| MONTO TOTAL DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS POLITICOS Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES PARA EL EJERCICIO 2027 | $732,707,821.23 |
Para el financiamiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales con registro en la entidad que obtuvieron al menos el 3% de la votación válida emitida de la pasada elección se determinó una bolsa de 537 millones 964 mil 626 pesos. Asimismo, se contemplan 16 millones 138 mil 938 pesos para actividades específicas.
En el marco del Proceso Electoral Local Concurrente 2026-2027, se aprobó un anteproyecto por 173 millones 224 mil 609.72 pesos para gastos de campaña de los partidos políticos (actividades para la obtención del voto). De esta cantidad, 151 millones 706 mil 024.66 pesos corresponden a los partidos con derecho a financiamiento público ordinario; 16 millones 138 mil 938.79 pesos, a los partidos de nuevo registro; y 5 millones 379 mil 646.26 pesos, al Partido del Trabajo, que conserva su registro nacional y podrá participar en la elección local. Este gasto para la obtención del voto ya está incluido en el monto total de financiamiento de 732.7 millones de pesos citado con anterioridad.
| Integración del financiamiento público para actividades tendientes a la obtención del voto 2027 | |
| Concepto | Monto |
| Financiamiento para actividades tendientes a la obtención del voto de los partidos políticos de nuevo registro | $16,138,938.79 |
| Financiamiento para actividades tendientes a la obtención del voto de los partidos políticos con derecho a financiamiento público ordinario | $151,706,024.66 |
| Financiamiento correspondiente al partido político nacional que conservó su registro sin alcanzar el umbral de votación (Partido del Trabajo) | $5,379,646.26 |
| Total de financiamiento público para actividades tendientes a la obtención del voto en 2027. Está incluido en el monto total de $732.7 millones | $173,224,609.72 |
Es importante señalar que la distribución del financiamiento público para las actividades ordinarias permanentes y los gastos de campaña de los partidos políticos, así como, en su caso, para las candidaturas independientes, será aprobada mediante un acuerdo posterior. Esto obedece a que para determinar los montos que corresponderán a cada uno, es necesario contar con el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, y con la conclusión de los procedimientos de acreditación de los partidos políticos nacionales y de registro del partido político local de nueva creación con derecho a participar en el Proceso Electoral Local Concurrente 2026-2027.
Estos montos fueron calculados de conformidad con lo dispuesto en las constituciones políticas federal y local, el Código Electoral del Estado de Jalisco y la Ley General de Partidos Políticos. Estos recursos no son ejercidos por el Instituto; esta autoridad electoral únicamente es responsable de calcularlos conforme a la fórmula prevista en la legislación, aprobarlos y ministrarlos de manera puntual a los partidos políticos.
En otro punto, en cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-REC-612/2025 que confirmó la nulidad de la consulta celebrada en 2025 ordenando al IEPC Jalisco llevar a cabo los actos necesarios para realizar una nueva consulta indígena en Bolaños, el Consejo General aprobó el análisis técnico, operativo y presupuestal para realizarla. El documento contempla la planeación y logística del ejercicio, así como medidas de documentación y videograbación, además de acciones de difusión, traducción e interpretación en lengua wixárika.
Con base en este análisis, se aprobó un anteproyecto de presupuesto por 3 millones 136 mil 598 pesos, con el que se prevén para el ejercicio fiscal 2027 los recursos necesarios para la realización de la nueva consulta, incluidos materiales, conectividad, traslados, traducción e interpretación, videograbación y otros requerimientos para su organización y verificación. La fecha específica para la realización de la consulta será definida posteriormente, conforme avance su planeación y coordinación con las autoridades municipales y tradicionales de Bolaños.
Todos los anteproyectos serán remitidos al Poder Ejecutivo estatal para su consideración e inclusión en la iniciativa de Presupuesto de Egresos de Jalisco para 2027.
En otro punto, el Consejo General aprobó la designación de Luis Enríquez Ortega como titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Estadística del IEPC Jalisco entrando en funciones a partir del 16 de agosto de 2026. La designación se realizó tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa electoral y llevar a cabo la valoración curricular y las entrevistas correspondientes, considerando sus conocimientos, experiencia y perfil profesional para el desempeño de sus respectivos cargos.
En la misma sesión, se presentó la propuesta para la designación de Juan Jesús Ramírez Ramírez para ocupar la Secretaría Ejecutiva del Instituto en cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento Interior del IEPC Jalisco y del artículo 24 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, la cual no alcanzó los cinco votos requeridos para su aprobación. De manera que, conforme al Reglamento de Elecciones, se deberá presentar otra propuesta dentro de los siguientes 30 días.
Reglamento Interior del IEPC Jalisco:
“…Artículo 9. …
2. Corresponde a la Presidencia:
V. Proponer al Consejo General, a la persona que fungirá como titular de la Secretaría Ejecutiva, y a quienes fungirán como titulares de las Direcciones Ejecutivas y de Área, la Unidad y el Órgano de Enlace, a más tardar dentro de los treinta días hábiles siguientes al día en que se genere la vacante;
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral
“…Artículo 24.
4. Las designaciones del secretario ejecutivo y de los titulares de las áreas ejecutivas de dirección y unidades técnicas, deberán ser aprobadas por al menos con el voto de cinco consejeros electorales del Órgano Superior de Dirección.
5. En caso que no se aprobara la propuesta de designación de un servidor público, el Consejero Presidente deberá presentar una nueva propuesta dentro de los treinta días siguientes. De persistir tal situación, el Presidente podrá nombrar un encargado de despacho, el cual durará en el cargo hasta un plazo no mayor a un año, lapso en el cual podrá ser designado conforme al procedimiento establecido en el presente artículo. El encargado de despacho no podrá ser la persona rechazada”.


