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Envenenamiento de perros, ilícito común en Bahía de Banderas

Bahía de Banderas, Nay.- Como si no existiera la autoridad, en el municipio de Bahía de Banderas gobernado por el priista José Gómez Pérez, es muy común que sujetos sin conciencia animal y a plena luz del día causen la muerte de perros de manera arbitraria bajo la modalidad de envenenamiento, consignó a Paralelo Informativo el presidente de SOS por el Bienestar Animal México Asociación Civil, Jesús Villavicencio.

Los más recientes casos, o al menos los más sonados, son los registrados a comienzos del mes de diciembre cuando un grupo de vecinos del Fraccionamiento Haciendas de San Vicente difundió el envenenamiento de cuatro caninos en un lapso no mayor a 15 días, lo que provocó el enfado y molestia de esa comunidad en Bahía de Banderas.

Ante estos hechos, Villavicencio informó que se están preparando para interponer las acciones penales correspondientes  para principios de enero de 2017, a fin de sancionar a quienes resulten  culpables de estas muertes animales, ya que recordó este caso es solo un ejemplo de los varios hechos similares que ocurren durante todo el año en ese municipio, los cuales quedan impunes.

“Como vecinos, estamos preparando una denuncia para poderla presentar ante el Ministerio Público de El Valle (en Bahía de Banderas), donde presentaremos pruebas contundentes como son fotografías y testimonios de un promedio de 20 personas, y simultáneamente los ciudadanos afectados estarán presentando una inconformidad por escrito ante el municipio al licenciado José Gómez”, consignó el ciudadano pro animal.

Lamentó que en ese municipio nayarita existan fuertes rezagos en materia de bienestar y protección animal, así como inconsciencia ciudadana en ese rubro por la falta de sanciones al respecto. “Lamentablemente, como ciudadanos no estamos respondiendo correctamente en lo referente al cuidado de nuestra fauna”, consideró.

¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE ESTE TIPO DE HECHOS?

La Ley de Protección a la Fauna de Nayarit vigente desde el año 2006, marca lo siguiente:

Del Código penal de Nayarit, según el artículo 422:

Se impondrá de tres meses a tres años de prisión y multa de sesenta a trescientos sesenta días de salario mínimo, a quien siendo propietario o poseedor por cualquier título o encargado de la guarda o custodia de un animal vertebrado, realice en perjuicio de éste cualquiera de las conductas siguientes:

I. La muerte producida utilizando un medio que prolongue la agonía, causándole sufrimientos innecesarios, salvo en aquellos eventos autorizados por la autoridad competente;
II. La mutilación orgánicamente grave, que no se efectué bajo el cuidado de un médico veterinario;

Ley de Protección a la Fauna del Estado de Nayarit

Poder Legislativo del Estado de Nayarit. Secretaría General, 193:

III. Toda privación de aire, luz, alimento, bebida, espacio suficiente o de abrigo contra la intemperie;
IV. La privación de atención veterinaria o sanitaria que cause o pueda causar daño al animal, y
V. Abandone en condiciones que hagan peligrar la vida o integridad del
animal.

ARTÍCULO 423.- Se aplicarán las mismas sanciones señaladas en el artículo anterior a la persona que realice en perjuicio de un animal vertebrado cualquiera de las conductas siguientes:

I. El atropellamiento deliberado, cuando se conduzca un vehículo automotor;
II. El tiro al blanco en cualquier forma utilizando como objetivo animales vivos, y
III. Cualquier otra conducta de tortura que se cause a un animal.

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